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Nacionales

Declaraciones juradas y Monotributo: AFIP hizo cambios y extendió fechas de presentación

Este martes la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) amplió la fecha para la presentación de las declaraciones juradas y el pago de obligaciones tributarias.

De esta forma, a través de la Resolución General 5467/2023 publicada en el Boletín Oficial se prorrogaron los vencimientos entre el 18 y el 21 de diciembre hasta el 22 del mismo mes.

Así lo dispone la medida: "Las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y/o pago con vencimientos acaecidos entre los días 18 y 21 de diciembre de 2023, ambos inclusive, se considerarán cumplidas en término siempre que se hayan efectivizado hasta el 22 de diciembre de 2023, inclusive".

Esta decisión aplica a todos los contribuyentes con domicilio fiscal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) y en la Provincia de Buenos Aires, ya que, según aclara la resolución en sus considerandos, "la interrupción en el suministro de los servicios de electricidad, telefonía e Internet como consecuencia de las inclemencias climáticas" en la zona durante las últimas semanas afectó la carga de los documentos.

"Determinados contribuyentes pudieron haberse encontrado imposibilitados para cumplir, en tiempo y forma, con la presentación de las declaraciones juradas y el pago de las obligaciones", señala el escrito de la entidad a cargo de Florencia Misrahi.

AFIP amplió la fecha para la presentación de las declaraciones juradas y el pago de obligaciones tributarias.

Por ende, la AFIP estimó "razonable contemplar la situación descripta y considerar cumplidas en término dichas obligaciones, siempre que se hayan efectivizado hasta el 22 de diciembre del corriente año".

Cabe señalar que "se exceptúa de la prórroga a las cuotas de planes de facilidades de pago", mientras que aplica a todos los otros pagos de obligaciones tributarias, al igual que la presentación de declaraciones juradas.

Monotributo: AFIP implementó cambios en los cobros

Por otro lado, AFIP informó recientemente que "por problemas ajenos al organismo" el pasado miércoles 20 de diciembre no se pudieron realizar los débitos automáticos correspondientes a la cuota mensual que deben pagar los contribuyentes inscriptos al Régimen Simplificado del Monotributo.

Por ende, esta será debitada este martes 26 "y será computada como pago en término, por lo que no devengará intereses", aclaró a entidad.

"Desde el servicio con clave fiscal "Cuenta corriente de monotributistas y autónomos (CCMA)" se puede verificar si los pagos se encuentran registrados en las bases de la AFIP, si se aplicaron al período correspondiente y si existen deudas y saldos a favor", informó también AFIP al respecto.

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