La Dirección Nacional de Migraciones (DNM) habilitó, en forma excepcional, el paso fronterizo de San Sebastián entre Chile y Tierra del Fuego, para el ingreso al territorio nacional de los extranjeros no residentes que sean parientes directos de ciudadanos argentinos.
La disposición 3763/2020 publicada ayer en el Boletín Oficial indica que la autorización rige para quienes ingresen transitoriamente a la Argentina por razones de necesidad, y no requieran visado en virtud de acuerdos bilaterales o medidas unilaterales que eximan de dicho requisito.
En el artículo 2 se aclara que los extranjeros no residentes alcanzados por la presente medida deberán completar la “Declaración Jurada Electrónica para el ingreso al Territorio Nacional” -ingresando a www.migraciones.gob.ar- en forma previa a su viaje y adjuntar constancia de PCR con resultado negativo con un máximo de 72 horas de anticipación.
Además, se deberá contar con un seguro de asistencia médica que comprenda prestaciones de internación y aislamiento por COVID-19. Entonces deberán acreditar en el Paso Fronterizo Internacional lo siguiente:
- Certificado de nacimiento, matrimonio o de convivencia debidamente apostillado o legalizado que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino
- Copia del DNI argentino del familiar a quien precisa visitar
- Reserva de pasajes
- Constancia de PCR con resultado negativo
- Seguro de asistencia médica que comprenda prestaciones de internación y aislamiento por COVID-19.
Por último, el artículo 4° establece que los extranjeros no residentes deberán presentar al momento del ingreso al territorio nacional nota de solicitud donde se explique brevemente la necesidad de la visita, fechas de partida y regreso, lugar donde se hospedará, y toda otra información relevante que le sea requerida por el funcionario de migraciones.