General

Anmat prohibió la venta de una marca de semillas y un suplemento dietario





En dos disposiciones publicadas hoy miércoles en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la venta de un producto quemador de grasas y una marca de semillas.

En la Disposición 3234/2020 se prohibe “la comercialización en todo el territorio nacional y en los sitios de internet de los productos de las semillas de quinoa, libre de gluten, RNPA 02-582.465; semillas de sésamo, libre de gluten, RNPA 02- 582.464; semillas de lino, libre de gluten, RNPA 02-582.466; harina de chía, libre de gluten, RNPA 02-582.463; semillas de chía, libre de gluten, RNPA 02-582.468; semillas de amaranto, libre de gluten, RNPA 02-582.467, elaborados por la firma Tecnobotánica S.A., RNE 02-034.814, por consignar en sus rótulos los registros (RNPA) vencidos desde septiembre 2018”.

La Anmat “recomienda a los consumidores, en especial a la población celíaca, que hayan comprado o tengan en su poder alguno de los productos, que se abstengan de consumirlo y a quienes expendan los productos mencionados, que cesen su comercialización”.

También sostuvo que “existe una probabilidad razonable de consecuencias adversas temporarias y/o reversibles en la salud de los consumidores", por lo que el retiro "deberá extenderse hasta el nivel de distribución minorista”.

Estás navegando la versión AMP

Leé la nota completa en la web