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Anmat prohibió la venta de una marca de semillas y un suplemento dietario

En dos disposiciones publicadas hoy miércoles en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la venta de un producto quemador de grasas y una marca de semillas.

En la Disposición 3234/2020 se prohibe “la comercialización en todo el territorio nacional y en los sitios de internet de los productos de las semillas de quinoa, libre de gluten, RNPA 02-582.465; semillas de sésamo, libre de gluten, RNPA 02- 582.464; semillas de lino, libre de gluten, RNPA 02-582.466; harina de chía, libre de gluten, RNPA 02-582.463; semillas de chía, libre de gluten, RNPA 02-582.468; semillas de amaranto, libre de gluten, RNPA 02-582.467, elaborados por la firma Tecnobotánica S.A., RNE 02-034.814, por consignar en sus rótulos los registros (RNPA) vencidos desde septiembre 2018”.

La Anmat “recomienda a los consumidores, en especial a la población celíaca, que hayan comprado o tengan en su poder alguno de los productos, que se abstengan de consumirlo y a quienes expendan los productos mencionados, que cesen su comercialización”.

También sostuvo que “existe una probabilidad razonable de consecuencias adversas temporarias y/o reversibles en la salud de los consumidores", por lo que el retiro "deberá extenderse hasta el nivel de distribución minorista”.

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