Según apreció, con esta jubilación extraordinaria “era evidente que se contraponía, técnicamente se producía una derogación tácita del régimen general”. Profundizó su apreciación en el supuesto que “la gente, por una cuestión de paridad sí o sí mejora porque va a cobrar el 82%, iba optar por el régimen de jubilación extraordinaria. Incluso quien se había jubilado con menor porcentaje. Si yo puedo seguir haciendo aportes y contribuciones para llegar al 82 lo iban a hacer”.
Tomando como referencia lo informado por el presidente de la Caja, Carlos Iommi, reforzó su concepto de “evidente contradicción” en ese articulado, y según su criterio “se necesita evaluar y bajar los porcentajes para que quede equiparado con el régimen general. Eso está correcto y es evidente que cuando se trató, no se analizó” opinó Santamaría.
En cuanto a los plazos, al ingresar el veto del Ejecutivo el 22 de noviembre, a partir de entonces coreen diez días de plazo para su abordaje legislativo. “Estamos en periodo de sesiones ordinarias, sí o sí lo tiene que tratar la Legislatura en ese plazo. Inclusive se pueden prorrogar las sesiones ordinarias por el veto para tratar esta Ley” confirmó, además.
Calificó como “una cuestión de técnica legislativa” el reproche al artículo 13 en relación con el cálculo del haber.
No obstante el veto y la circunstancial voluntad de los legisladores, Félix Santamaría remarcó que “es evidente que hay una intención de reformular los haberes jubilatorios, de las jubilaciones concedidas a partir de 2016. Hay una decisión política o sea que eso no se va a modificar” según aventuró.
Y evaluó por último que, si no aceptan el veto, técnicamente tiene que salir por dos tercios de los votos, o la unanimidad de la Legislatura. En cambio, si lo aceptan, solo necesitan la mitad más una de las voluntades, es decir ocho votos.