Saltar menú de navegación Teclas de acceso rápido
Tolhuin

Por primera vez Tolhuin realiza una inversión financiera

El Municipio de Tolhuin por primera vez en su historia decidió realizar una inversión financiera con un plazo fijo en el Banco Tierra del Fuego.

Por decisión del intendente Daniel Harrington y su equipo económico, la coparticipación que recibe por parte del Gobierno provincial correspondiente a la Inversión de Fondos de la Ley Provincial 1.300, se resguardan en plazo fijo.

Dichos fondos se destinan específicamente a Obras de Infraestructura, Maquinarias y Obra Pública en general, de acuerdo a esta normativa.

Como es sabido, la Obra Pública se encuentra paralizada por la actual situación mundial de la pandemia por el COVID-19 y además se aproxima la veda invernal en los próximos días.

Por ese motivo el Intendente Daniel Harrington junto a su equipo económico tomaron la decisión de realizar algo totalmente inédito en la administración del Municipio y es el de resguardar esos importantes aportes en un plazo fijo que además genere un interés que le permita que no pierda el valor adquisitivo ante la inflación mensual.

Para implementarlo, el Municipio de Tolhuin solicitó tanto a la banca privada como a la pública, una cotización y finalmente se invirtió en un plazo fijo con opción a ‘cancelación anticipada’ en el Banco de Tierra del Fuego, es decir que en el caso de que el Municipio necesite utilizar ese dinero antes del plazo prefijado, podrá hacerlo.

De esta manera, por primera vez se realiza una inversión financiera en el Municipio de Tolhuin que permitirá que el dinero de todos los tolhuinenses se mantenga seguro y actualizado hasta que se le destine el uso correcto para el que fue gestionado.

 

Qué dice la Ley Provincial 1.300

La Ley Provincial 1.300 fue sancionada el 29 de noviembre del año pasado y se promulgó a través del Decreto Provincial N° 4321 el 9 de diciembre de 2019, publicándose en el Boletín Oficial Provincial tres días después.

En su único artículo –impulsado por el legislador justicialista Ricardo Furlan- se incorporó como inciso e) del artículo 4to. de la Ley provincial 892 el siguiente texto:

“e) el Departamento Ejecutivo del Municipio de Tolhuin percibirá el cero coma cincuenta por ciento (0,50 %) de la masa coparticipable integrada por Recursos Tributarios, Regalías Hidrocarburíferas y Coparticipación Federal que perciba el Gobierno de la Provincia.”.

El monto resultante de la aplicación del párrafo anterior deberá integrar únicamente el presupuesto del Departamento Ejecutivo del Municipio de Tolhuin y será afectado exclusivamente a la ejecución de su propio presupuesto, no debiendo ser distribuido al Departamento Deliberativo del Municipio de Tolhuin y deberá ser afectado específicamente de obras de infraestructura, maquinarias y obra pública en general.

Comentarios

Te puede interesar

Teclas de acceso