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Polémica por la ley de ART: crean un registro de abogados que plantean la inconstitucionalidad de la norma

 

 

A través de la resolución 760/2017, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) creó el Sistema Integral de Registro para el estudio de la Litigiosidad del Sistema de Riesgos del Trabajo (SIREL).

 

Las aseguradoras deberán informar a dicho registro las causas en las que fueron demandadas en el marco de la Ley de Riesgos del Trabajo. Además, se aprobó un procedimiento para que también remitan los datos específicos sobre las actuaciones judiciales en las que se interpongan planteos de inconstitucionalidad a dicha norma y sus complementarias.

 

En concreto, la mencionada resolución estableció que estableció que “las aseguradoras, los autoasegurados y mutuales deberán informar los procesos judiciales en los que intervengan en carácter de demandada, codemandada, citada en garantía, por citación de terceros, por causas de riesgos del trabajo, en virtud de los cuales se interpongan planteos de inconstitucionalidad a los preceptos de la Ley 27.348 o en su defecto al Decreto 54/17, así como también las novedades que se produzcan en el desarrollo de los mencionados procesos”.

 

La Gerencia de Control Prestacional será la responsable de la administración del nuevo sistema y se encuentra encuentra facultada para requerir datos e introducir cambios en el formato, medios y plazos de envío de la información.

 

De acuerdo a los considerandos de la resolución, sin perjuicio de que las reformas legales han otorgado al Sistema de Riesgos del Trabajo “los estándares necesarios para hacerlo jurídica, constitucional y operativamente sostenible, se ha advertido que con el objeto de evadir esa instancia administrativa previa y obligatoria, se han interpuesto distintos planteos de inconstitucionalidad ante los distintos fueros que conforman la Justicia Nacional”.

 

“A fin de posibilitar el resguardo y fortalecimiento del Sistema de Riesgos del Trabajo, se considera oportuno y necesario contar con una herramienta informática que permita tomar conocimiento y analizar las presentaciones efectuadas en dicho ámbito”, agrega el organismo a cargo de Gustavo Morón.

 

Los abogados laboralistas fueron críticos desde que se dio a conocer la resolución ya que no establece los fines y alcance del registro para llevar una estadística de litigiosidad y además la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) excedería sus funciones como organismo de contralor porque apunta sólo a los planteos de inconstitucionalidad de la ley y no al resto de sus funciones.

 

En ese mismo sentido se expresó el presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF), Jorge Rizzo, quien a través de las redes sociales se preguntó: “¿Cuáles serán sus objetivos? ¿Será armar listas negras, y/ó perseguir y escrachar a Trabajadores y Abogados?”.

 

Y destacó que es una resolución “vergonzosa”. “¿Y la ley de protección de datos personales? Ayer personas jurídicas, hoy esto”, concluyó Rizzo.

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