Saltar menú de navegación Teclas de acceso rápido
Política 0

PASO la multa por no votar será de 50 pesos

 

 

 

 

Aunque votar es obligatorio existen casos donde se contempla la ausencia del votante y solo es necesario realizar un trámite que lo justifique.

 

¿En qué casos no es obligatorio votar? Quienes se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde voten deben presentarse con el DNI el día de la elección ante la autoridad policial más cercana para que les extiendan una certificación escrita.

 

En caso de estar en el exterior, hay que acercarse al Consulado argentino más próximo el día de las elecciones (o los subsiguientes) para obtener el certificado correspondiente. Si esto no es posible, dentro de los 60 días posteriores a la elección, ya en Argentina, se puede asistir a la Cámara Nacional Electoral (CNE) o a la Secretaría Electoral del distrito de residencia con el DNI y elementos que comprueben esta situación (pasaporte sellado o pasajes, en caso de haber viajado a un país limítrofe).

 

También está contemplado el caso de enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que no puedan asistir a los comicios. Aquí, el certificado deberá ser expedido por un médico.

 

Los jueces y auxiliares que, por disposición del Código Electoral, tengan que asistir a sus oficinas durante la jornada, así como el personal de organismos y empresas de servicios públicos que, por razones atinentes a su cumplimiento, deban realizar tareas que les impidan acercarse al centro de votación también están exceptuados de votar.

 

Ya tengo el certificado, ¿y ahora? El próximo paso es acercarse con el papel hasta la Secretaría Electoral correspondiente al distrito de residencia para justificar la abstención. El plazo de presentación ante la autoridad es de 60 días.

 

Es importante señalar que el no votar en las PASO no inhabilita al votante para las generales. En octubre se podrá votar aun no habiendo participado de las Primarias. Sí es necesario justificar esta inasistencia.

 

Quienes no expliquen debidamente su falta en el plazo de 60 días desde los comicios aparecerán en el Registro Nacional de Infractores (ver). Desde allí se puede obtener la factura o pagar la multa por incumplimiento. Desde la Cámara Nacional Electoral informaron que el valor en caso de no votar en las PASO es de $50, mientras que para las Generales, la suma asciende a $100. Sin embargo, los montos son acumulativos, por lo que, ante una tercera infracción se tendrán que abonar $200, $400 para la cuarta y $500 desde la quinta en adelante.

 

Tras el pago de la multa, la situación del votante se regulariza. Caso contrario, la CNE informa que la persona puede encontrarse con dificultades al momento de realizar trámites como créditos, solicitud de pasaporte o de registro de conducir. El dinero recaudado se destina al Fondo Partidario Permanente, administrado por el Ministerio del Interior.

 

Donde justificar la NO emisión del voto en TDF: La Secretaría Electoral, indica que “aquellas personas que no figuren en los padrones electorales del distrito, el 13 de agosto, deberán presentarse en las siguientes dependencias, con el objeto de obtener una certificación policial que les permitirá realizar posteriormente el trámite de justificación de no emisión de voto”.

 

Ushuaia: Gimnasio Sargento Primero Salvador Molina, ubicado en Lasserre 187

 

Río Grande: Gimnasio escuela 4 (Yourka y Oroski, margen sur); salón del IPRA; gimnasio Muriel (Chacra II, San Martín 2819) y gimnasio de la Escuela 8 (Chacra XIII Giamarini 3472).

 

Tolhuin: Oficina de documentación e identificación policial (Minkiol 68).

Fuente: 0
Comentarios

Te puede interesar

Teclas de acceso