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Comunicado de la Agencia de Recaudación Fueguina

Asimismo se informa que el pago del Impuesto de Sellos y de las Tasas Retributivas de servicios  cuya declaración jurada o instrumento requieren la intervención previa de la AREF, no podrán ser abonados en el BTF hasta tanto se normalice el funcionamiento del organismo.
Para tal fin, deberán enviar sus datos de contacto a la dirección de correo electrónico [email protected], como así también para efectuar Altas, Bajas y cualquier otra modificación sobre los Ingresos Brutos, permitiendo de este modo que el personal de la Agencia de Recaudación Fueguina  realice las tramitaciones correspondientes.
 

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