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Gobierno elevó proyecto de Ley para modificar los límites departamentales de la Provincia

El proyecto es una iniciativa del Consejo Asesor Observatorio Cuestión Malvinas, y el mismo establece la división política de la Provincia, en cuatro departamentos, con los siguientes nombres y límites:
 

Departamento Río Grande:

 
Norte: Estrecho de Magallanes
 
Sur: Desde el límite internacional argentino-chileno en un punto situado a los 54°33´00´´ de latitud sur hasta la desembocadura del Río Turbio, situada a los 54°33´00´´ de latitud sur y 67°15´00´´ de longitud oeste y prosiguiendo por el mismo paralelo hasta su encuentro con el Río Irigoyen, en el meridiano de los 66°35´31´´ de longitud oeste para continuar por su margen norte hasta la desembocadura en el Océano Atlántico, que se produce en los 54°31´25´´ de latitud sur y 66°16´07´´ de longitud oeste.
 
Este: Desde el Cabo Espíritu Santo, bordeando por el Océano Atlántico hasta la desembocadura del Río Irigoyen en los 54°31´25 de latitud Sur y 66°16´07´´de longitud oeste.
 
Oeste: Límite internacional argentino-chileno desde Cabo Espíritu Santo hasta los 54°33´00´´ de latitud sur.
 
Incluyese en este Departamento: las islas, islotes y rocas situados en aguas interiores y en el mar territorial argentino generado a partir de dichos territorios de conformidad con lo previsto en la Ley 23.968 hasta el límite con la República de Chile.
 

Departamento Ushuaia:

 
Norte: Límite inter-departamental con el Departamento de Río Grande y el Océano Atlántico.
 
Este: Costas sobre el Océano Atlántico.
Oeste: Límite internacional con la República de Chile desde el punto situado en los 54°33´00´´ de latitud sur, hasta el límite internacional argentino-chileno sobre el Canal Beagle.
 
Sur: Costas sobre el océano Atlántico y límite internacional argentino-chileno sobre el Canal Beagle.
 
Incluyese en este Departamento: La Isla de los Estados, el archipiélago Año Nuevo, otras islas, islotes y rocas situadas en aguas interiores y en el mar territorial generado a partir de dichos territorios de conformidad con lo previsto en la Ley 23.968 así como las islas, islotes y rocas ubicados al Sur de la Isla Grande de Tierra del Fuego hasta el límite con la República de Chile.
 

Departamento Islas del Atlántico Sur:

 
Incluye las Islas Malvinas, la isla Beauchene, las rocas Cormorán y Negra, las Islas Georgias del Sur, las Islas Sándwich del Sur, otras islas, islotes y rocas situados en aguas interiores y en el mar territorial generado a partir de dichos territorios de conformidad con lo previsto en la Ley Nacional 23.968.
 

Departamento Antártida Argentina:

 
Norte: Paralelo 60° Sur.
 
Sur: Polo Sur.
 
Este: Meridiano de 25° Oeste.
 
Oeste: Meridiano de 74° Oeste.
 
Todos los valores geodésicos están expresados en el Sistema de Referencia Oficial del País POSGAR ´07.
 
Asimismo el proyecto especifica que la Dirección General de Catastro e Información Territorial de la Provincia, será la encargada de realizar los mapas oficiales de acuerdo a lo mencionado en el artículo 1° de la presente; y además establece la obligatoriedad de utilizar en todos los niveles y modalidades del sistema educativo –Ley N°26.206, de Educación Nacional-, como así también su exhibición pública en todos los organismos provinciales y en el mapa de  Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. 

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